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Estatus de Protección Temporal (TPS) para El Salvador

Ahora puede volver a registrarse para el estatus de protección temporal (TPS) El Salvador hasta el 9 de marzo de 2025. Extenderá su estatus de TPS hasta el 9 de marzo de 2025. Conozca el proceso y obtenga información sobre el permiso de trabajo.

Actualizado septiembre 10, 2023

¿Qué es TPS?

El Estatus de Protección Temporal (TPS) es un tipo de situación de inmigración para personas ya en los Estados Unidos. El TPS es para aquellas personas que no pueden regresar a su país de origen debido a un peligro como un conflicto armado o desastre natural. 

Si tienes TPS puedes:

  • Permanecer en los EE.UU. legalmente por un período determinado
  • Solicitar un permiso de trabajo en los EE.UU.
  • Solicitar un documento para viajar fuera de los EE.UU.
  • Estar protegido contra arrestos y la deportación 

El TPS es temporal. El TPS no te da estatus de residente legal, ciudadanía, ni otro estatus de inmigración permanente. 

Vaya a la USCIS, página TPS El Salvador para más detalles.

¿Quién puede obtener TPS?

Tienes que cumplir los siguientes requisitos: 

  • Ser salvadoreño o no tener nacionalidad salvadoreña, pero haber vivido en El Salvador por un largo tiempo antes de llegar a EE.UU.
  • Haber vivido en EE.UU. desde el 13 de febrero de 2001
  • No haber salido de EE.UU. desde el 9 de Marzo de 2001

No podrás calificar si has cometido ciertos delitos.

La carga pública no se aplica a los solicitantes del TPS. Puedes utilizar cualquier programa gubernamental para el que califiques.

Beneficiarios de TPS

Si ya tiene TPS de El Salvador:

  • TPS se extiende automáticamente hasta el 30 de junio de 2024.
  • Puede volver a registrarse para extenderlo hasta el 9 de marzo de 2025.

Para volver a registrarse debe presentar un nuevo formulario I-821 antes del 9 de marzo de 2025.Puede presentar su solicitud al USCIS en línea o por correo. No tiene que pagar ninguna tasa

Es importante volver a registrarse lo antes posible. La fecha límite también es el último día en que el TPS para El Salvador está actualmente disponible.

Permiso de trabajo

El permiso de trabajo está disponibles para las personas con TPS y se conoce como Documento de Autorización de Empleo (EAD).  Con ese documento se demuestra a los empleadores que tienes autorización para trabajar en los EE.UU.

Puedes solicitar un permiso de trabajo presentando el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo con USCIS.

Documento de viaje

Los documentos de viaje se encuentran disponibles para las personas con TPS. Se conocen como advance parole. Le demuestra a los oficiales de inmigración que tienes permiso para viajar al extranjero y regresar a los EE.UU.

Puedes solicitar un documento de viaje llenando el Formulario I-131. Sigue las instrucciones en el aviso del Registro Federal al solicitar un documento de viaje.

¿Qué pasará cuando expire el TPS?

El DHS (Departamento de Seguridad Nacional) revisará las condiciones del país y decidirá si se extiende el TPS dos meses antes de su finalización. Ellos decidirán si este prosigue. Si TPS El Salvador vence, tendrás el mismo estatus migratorio que tenías antes de obtener el estatus de protección temporal.

Si no tenías un estatus migratorio legal antes de solicitar TPS, puedes convertirte en indocumentado. Puedes solicitar otra forma de estatus migratorio si eres elegible. 

Si te quedas sin ningún estatus legal, correrás el riesgo de ser arrestado o deportado. 

¿Puedo cambiar mi estatus migratorio?

Puedes tener TPS al mismo tiempo que otro estatus migratorio. 

Puedes solicitar asiloestatus permanente legal (tarjeta verde) u otro estatus protegido si cumples con los requisitos para esas solicitudes.

Es importante buscar ayuda legal de un abogado de inmigración o de un representante legal acreditado. Ellos pueden ayudarte a completar tu solicitud y contestar tus preguntas. Muchas organizaciones y abogados ofrecen ayuda legal gratuita y de bajo costo.

La Embajada de El Salvador puede ofrecer más información. Puede ponerse en contacto con la Embajada de El Salvador en el teléfono (202) 595-7500 o visitar su oficina consular en Washington D.C.

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La información de esta página procede de DHS, USCIS, y otras fuentes de confianza. Nuestro objetivo es ofrecer información fácil de entender y actualizada periódicamente. Esta información no constituye asesoramiento jurídico.

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