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Permiso de Trabajo en USA – EAD

Muchos inmigrantes vienen a Estados Unidos a trabajar. Si no es ciudadano(a) estadounidense o titular de una tarjeta verde, debe tener un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Infórmese sobre cómo solicitar un permiso de trabajo y renovarlo.


¿Qué es el EAD?

Un EAD es un Documento de Authorización de Empleo, conocido también como Permiso de Trabajo. Ese documento te permite trabajar en los Estados Unidos.

Para trabajar en USA, debes ser ciudadano estadounidense, residente permanente legal, o tener un permiso de trabajo. Un EAD prueba que puedes trabajar legalmente en Estados Unidos.

El EAD no es específico de un empleador. Puedes usar tu EAD para trabajar para cualquier empleador en los Estados Unidos.   

La tarjeta EAD

La tarjeta EAD incluye tu nombre, foto, número de extranjero, número de tarjeta, fecha de nacimiento, huella digital y fecha de vencimiento. Puedes utilizar la tarjeta como una forma de identificación. No es un documento válido para reingresar a los Estados Unidos. La tarjeta también se conoce como I-766.

¿Quién puede obtener permiso de trabajo en USA?

Debes pertenecer a una categoría elegible para solicitar un EAD. Algunas de esas incluye:

  • Refugiado
  • Asilado
  • Beneficiario de parole humanitario
  • Solicitantes de asilo con solicitud pendiente (150 días después de presentación)
  • Beneficiario de Salida Forzoza Diferida (DED)
  • Beneficiario de Estatus de Protección Temporal (TPS)
  • Beneficiario de DACA
  • Recipiente de suspensión de deportación aprobada
  • No inmigrantes con ciertos empleos
  • Titular de visas U y T
  • Autopeticionarios o solicitantes de VAWA
  • Cónyuges, prometidos o dependientes de ciertas categorías autorizadas

Encuentra una lista completa de categorías que pueden calificar.

Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde) no necesitan un EAD o permiso para trabajar en USA.

Solicitantes de asilo

Si eres un solicitante de asilo con una solicitud pendiente, debes esperar 150 días antes de solicitar un EAD. USCIS puede rechazar tu Formulario I-765 si lo presentas antes del período de espera de 150 días.

Asylum Seeker Advocacy Project (ASAP) es un recurso útil.

(https://www.youtube.com/watch?v=BZ2SOUPbcZY)

Refugiados y asilados

Los refugiados y asilados están automáticamente autorizados a trabajar en los Estados Unidos. No necesitan solicitar ni pagar una tarifa por un EAD.

Si eres un refugiado, la agencia de reasentamiento solicita un EAD en tu nombre. no es necesario que muestre un permiso de trabajo si tienes una identificación estatal y una tarjeta de Seguro Social sin restricciones.

Si eres un asilado, la Oficina de Asilo comenzará a procesar tu EAD automáticamente. No necesitas presentar una solicitud de permiso de trabajo. Pero, si un juez de inmigración o BIA te otorgan asilo, recibirás instrucciones posteriores sobre cómo obtener un EAD de USCIS.

Afganos y ucranianos con permisos temporales

Ciertos afganos y ucranianos con permisos temporales no necesitan esperar por aprobación del Formulario I-765 en los Estados Unidos. Tu Formulario I-94 válido puede ser prueba de que puedes trabajar por los primeros 90 días. Después, necesitarás mostrar un EAD y una tarjeta de Seguro Social sin restricción.

USCIS también está ofreciendo exenciones y procesamiento rápido. Más información disponible en las páginas de Información para Afganos y Unión por Ucrania.

¿Cómo solicitar un permiso de trabajo o EAD?

Si no eres refugiado o asilado, deberás solicitar un permiso de trabajo con USCIS.

Aquí hay una lista de los pasos a seguir:

1. Lee las instrucciones. El formulario es complicado. Se recomienda obtener asistencia legal para evitar errores.

2. Reúne los documentos requeridos. Necesitarás una copia de una identificación emitida por el gobierno y fotos tamaño pasaporte. Hay otros documentos requeridos según tu categoría.

3. Llena y firma el Formulario I-765. Puedes hacerlo en línea o imprimiendo el formulario. Asegúrate de responder todas las preguntas. Si imprimes el formulario, asegúrate de firmarlo a mano.

4. Paga la tarifa de presentación de $410. Adjunta el recibo de la tarifa de presentación a tu solicitud de permiso de trabajo. Puede que no tengas que pagar la tasa si tienes un determinado estatus migratorio o si tienes una exención de tasas aprobada.

5. Haz una copia del formulario. Esto es útil si necesitas renovar tu EAD o si se pierde o te lo roban.

6. Envía tu formulario. Tienes la opción de enviarlo por correo o en línea. Si lo envías por correo y deseas recibir notificaciones electrónicas, incluye también el Formulario G-114.

7. Guarda tu número de recibo de USCIS. Así es como puedes rastrear el estado de tu solicitud.

8. Debes esperar la aprobación antes de ser elegible para comenzar a trabajar. Puedes empezar a buscar trabajo mientras esperas el permiso de trabajo.  

Si te notifican que necesitas servicios biométricos, recibirás un aviso de cita con instrucciones. Esto tendrá un costo adicional de $ 85. Los solicitantes de asilo con una solicitud pendiente no necesitan pagar esta tasa. Pagar una cantidad incorrecta puede hacer que tu solicitud sea rechazada.

Si estás presentando con otro formulario, debes seguir las instrucciones para el otro formulario. Por ejemplo, si estás presentando el Formulario I-765 con el Formulario I-539, debes presentar ambos formularios donde te lo indique el Formulario I-539. Además, verifica si las tarifas de los diferentes formularios deben pagarse por separado. De lo contrario, tu formulario podría ser rechazado.

Tiempo de procesamiento de un permiso de trabajo

El tiempo de espera puede variar según el estado migratorio y el centro de servicio. Verifica los tiempos de procesamiento de casos. Después de que USCIS reciba tu solicitud, también te enviarán un número de recibo para rastrear el estado de tu solicitud.

Si tienes una solicitud de asilo pendiente, el tiempo de procesamiento es de 30 días. Esto se suma a los 150 días que debes esperar para presentar la solicitud. El período entre tu solicitud pendiente y obtener un permiso de trabajo se denomina “el conteo de 180 días para el EAD”.

Si tú eres trabajador sanitario o cuidador de niños, puedes obtener una tramitación urgente más rápida si cumples uno de los siguientes:

  • Un formulario EAD inicial que ha estado pendiente durante más de 90 días.
  • Un formulario de EAD de renovación pendiente con un EAD vencido o que vence dentro de los 30 días o menos.

Vigencia del EAD

Un EAD (Documento de autorización de empleo) puede tener ahora una validez de hasta 5 años dependiendo de tu estatus migratorio. Una nueva norma establece que tu EAD será válido durante 5 años si: 

  • Has sido admitido o se te otorgó un permiso de residencia temporal como refugiado
  • Se te concedió asilo
  • Se te concedió la suspensión de la deportación o expulsión, se ajustó tu estatus migratorio o se te concedió la cancelación de la expulsión.
  • Tienes pendiente una solicitud de asilo o de suspensión de expulsión, cancelación de expulsión o ajuste de estatus.

Esta norma solo se aplica a las solicitudes presentadas a partir del 27 de septiembre de 2023. No se aplica a los EAD expedidos antes de esta fecha. Otros estatus de inmigración, como el TPS (Estatus de protección temporal), pueden tener EAD que son válidos por diferentes períodos de tiempo. USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos) también puede extender automáticamente la vigencia de los EAD por cada país con TPS (Estatus de protección temporal). 

Renovación del EAD (Documento de autorización de empleo) 

Si tu permiso de trabajo vence pronto o está vencido, puedes solicitar una renovación. Debe presentar un nuevo Formulario I-765. Tendrás que volver a pagar la tasa de solicitud a menos que cumplas determinadas excepciones o cuentes con una exención de tasas aprobada.

Puedes presentar tu solicitud de renovación a partir de 180 días antes de la fecha de vencimiento. Es mejor presentar la solicitud temprano para que no tengas espacios en la autorización de empleo.

La presentación de su solicitud de renovación puede prorrogar su autorización de trabajo mientras su solicitud se procesa. El periodo de prórroga actual vuelve a ser de 180 días a partir del 27 de octubre de 2023. Si tú recibiste una prórroga automática de 540 días en virtud de la norma anterior, tu prórroga finalizará en esa fecha o cuando recibas una decisión definitiva sobre tu solicitud de renovación.

La calculadora de extensión de EAD de USCIS puede ayudarte a determinar la nueva fecha de vencimiento.

Número de Seguro Social

Para trabajar en los Estados Unidos, también necesitarás un Número de Seguro Social (SSN). Puedes solicitar tu tarjeta de SSN y EAD al mismo tiempo con el Formulario I-765. Un número de Seguro Social se usa para informar tu salario al gobierno y determinar los beneficios.

Encuentra ayuda 

Es importante buscar el asesoramiento legal de un abogado de inmigración o un representante acreditado si tienes alguna pregunta o duda. Muchas organizaciones y abogados ofrecen servicios legales gratuitos o de bajo costo.

Ayuda con el pago de la tasa

Tú puedes solicitar una exención de tasas si tienes un tamaño de hogar y unos ingresos determinados. Tú debes presentar el formulario I-912 con tu solicitud de EAD (Documento de autorización de empleo) presentar una carta solicitando la exención de tasas junto con las pruebas requeridas.

¿Qué debo hacer si pierdo o me roban mi tarjeta EAD?

Puedes obtener un permiso de trabajo o EAD de reemplazo si tu tarjeta fue robada, perdida o destruida. Deberás presentar un nuevo Formulario I-765 para reemplazar el EAD.

¿Puedo trabajar en Estados Unidos sin autorización?

Hay muchas personas que no tienen un estatus migratorio legal en los Estados Unidos y por lo tanto no pueden obtener un EAD. A menudo tienen trabajos que están «fuera de los libros» o se les paga en efectivo. Encuentra información para trabajadores indocumentados.

Tener un trabajo o brindar un servicio sin los documentos adecuados va en contra de las leyes laborales y de inmigración de los EE.UU. Trabajar a tiempo parcial, trabajar en línea o administrar tu propio negocio sin autorización podría tener graves consecuencias. Tu visa podría ser cancelada o podrías ser deportado.


La información de esta página procede de USCIS y otras fuentes de confianza. Nuestro objetivo es ofrecer información fácil de entender y actualizada periódicamente. Esta información no constituye asesoramiento jurídico.

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